Régimen General: Responsable Inscripto AFIP
El Régimen General argentino es el régimen tributario completo que aplica a contribuyentes inscriptos como Responsables Inscriptos en IVA, sumando declaración de Ganancias y aportes a Autónomos.
Obligaciones del Régimen General: (1) IVA — facturación con IVA discriminado a tasa general 21% (10,5% para algunos rubros, 27% para servicios públicos a no inscriptos), declaración mensual y pago. (2) Ganancias — declaración anual, alícuotas progresivas hasta 35%. (3) Autónomos — cuota mensual al SIPA según categoría de actividad y nivel de ingresos. (4) Bienes Personales — declaración anual sobre patrimonio (cuando supera el mínimo no imponible).
Cambio obligatorio desde monotributo: si la facturación bruta anual supera el tope de la categoría máxima del monotributo (K, para todas las actividades), o si la superficie o los alquileres superan los máximos de esa categoría, o se realizan importaciones para comercialización posterior, o se tienen más de 3 actividades simultáneas o más de 3 unidades de explotación — corresponde la exclusión y el pase al Régimen General. Mantenerse en monotributo cuando corresponde Régimen General puede generar multas y deudas con AFIP.
Comparación con monotributo: el Régimen General permite computar IVA Crédito Fiscal (recuperar IVA pagado en compras), deducir gastos en Ganancias (alquileres, sueldos, servicios profesionales, amortizaciones), y emitir facturas A discriminando IVA. Es ventajoso cuando hay alto crédito fiscal o cuando los clientes son Responsables Inscriptos. La cuota total vs monotributo en las categorías altas depende de la estructura de gastos y créditos fiscales — cada caso requiere análisis específico.
La salida del monotributo y entrada al Régimen General se realiza vía afip.gob.ar/Trámites/Inscripción Régimen General. Generalmente requiere asesoramiento contable porque implica obligaciones de facturación electrónica, libros de IVA y declaración de Ganancias que monotributistas no manejan.

