Encontrá tu categoría AFIP según facturación anual y la cuota mensual desglosada en impuesto, SIPA, obra social.
Cálculo: AFIP determina la categoría según facturación bruta anual de los últimos 12 meses. Categorías A-H para servicios, A-K para venta de cosas muebles. La cuota mensual = impuesto integrado + aporte SIPA + obra social. Recategorización obligatoria cada 6 meses (enero y julio).
Categoría AFIP correspondiente
| Cat | Tope facturación anual | Impuesto | SIPA | Total mensual |
|---|---|---|---|---|
| A | $8.000.000 | $5.500 | $14.500 | $31.500 |
| B | $12.000.000 | $11.500 | $16.000 | $39.000 |
| C | $17.000.000 | $19.500 | $17.500 | $48.500 |
| D | $24.000.000 | $32.000 | $19.500 | $63.000 |
| E | $29.000.000 | $60.000 | $21.500 | $93.000 |
| F | $36.000.000 | $82.500 | $23.500 | $117.500 |
| G | $43.000.000 | $105.000 | $25.500 | $142.000 |
| H | $53.000.000 | $240.000 | $28.500 | $280.000 |
Valores indicativos FY 2026. Los topes y componentes se actualizan trimestralmente por IPC. Verificá en afip.gob.ar/monotributo antes de tomar decisiones.
Recategorización cada 6 meses (enero y julio)
La AFIP exige recategorización obligatoria cada 6 meses según la facturación bruta de los últimos 12 meses. Otros parámetros considerados: consumo de energía eléctrica, alquiler pagado y superficie afectada a la actividad. Si la facturación supera el tope de la categoría máxima (H para servicios, K para venta de cosas muebles), el contribuyente debe excluirse del monotributo y pasar al Régimen General (RI con IVA + Ganancias + autónomos) dentro de los 20 días hábiles del mes siguiente al exceso.
Felix permite registrar facturación mensual, calcular avance hacia recategorización y proyectar la carga tributaria anual del monotributo en español argentino.
Descargar Richify — Es gratisEl Monotributo es el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes establecido por la Ley 24.977 (1998) y sus modificatorias. Unifica en una sola cuota mensual: impuesto integrado (sustituye al IVA y Ganancias), aporte jubilatorio al SIPA, y aporte a obra social. El contribuyente factura sin discriminar IVA y no presenta declaración jurada anual de Ganancias por la actividad incluida en el régimen. Las categorías van de A a H (servicios) o A a K (venta de cosas muebles), determinadas por AFIP según facturación bruta anual de los últimos 12 meses.
Las categorías van de A a H (locaciones de servicios) o A a K (venta de cosas muebles). Los topes de facturación anual se actualizan periódicamente por IPC. Indicativo FY 2026 (verificar en afip.gob.ar): A ~$8M, B ~$12M, C ~$17M, D ~$24M, E ~$29M, F ~$36M, G ~$43M, H ~$53M (servicios). Para venta de cosas muebles: I ~$66M, J ~$76M, K ~$94M. Los topes se actualizan cada trimestre. Si la facturación supera el tope de la categoría máxima, el contribuyente debe pasar al Régimen General.
La cuota mensual del monotributo incluye 3 componentes: (1) Impuesto integrado — sustituye IVA y Ganancias. Aumenta progresivamente con la categoría. (2) Aporte jubilatorio (SIPA) — destinado al sistema previsional argentino. Suele ser el componente más alto en categorías bajas. (3) Aporte a obra social — destinado a PAMI/INSSJP y obra social sindical. Es un monto fijo por categoría. Los componentes individuales se publican en afip.gob.ar/monotributo y se actualizan trimestralmente. La cuota total varía desde ~$30.000/mes (categoría A) hasta ~$700.000/mes (categoría H/K) en valores indicativos FY 2026.
La recategorización del monotributo es obligatoria cada 6 meses: en enero (con base en la facturación de julio del año anterior a junio del año en curso) y en julio (con base en la facturación de enero a diciembre del año anterior, ajustada). Se realiza online en afip.gob.ar con clave fiscal. El monotributista debe revisar: (1) facturación bruta de los últimos 12 meses, (2) consumo de energía eléctrica, (3) alquiler pagado, (4) superficie afectada a la actividad — todos parámetros que determinan la categoría correcta. Si los parámetros indican una categoría superior a la actual, AFIP recategoriza automáticamente; el contribuyente puede aceptar o impugnar.
Si la facturación bruta de los últimos 12 meses supera el tope de la categoría máxima (H para servicios, K para venta de cosas muebles), el contribuyente DEBE excluirse del monotributo y pasar al Régimen General (Responsable Inscripto en IVA + Ganancias + autónomos). El cambio se realiza en afip.gob.ar dentro de los 20 días hábiles del mes siguiente al exceso. La exclusión también puede darse por otros motivos: superar parámetros de superficie, energía o alquiler de la categoría máxima; tener más de 3 actividades simultáneas; o realizar importaciones. Mantenerse en monotributo cuando corresponde Régimen General puede generar multas y deudas con AFIP por la diferencia de impuestos.
La diferencia mecánica: monotributo paga una cuota mensual fija que sustituye IVA y Ganancias, sin tope de categoría se vuelve obligatorio el cambio. Responsable Inscripto factura con IVA discriminado (21% típico, 10,5% o 27% en algunos casos), declara Ganancias anualmente y paga autónomos. Cálculo simplificado: para facturación cercana al tope del monotributo categoría H (~$53M en servicios FY 2026), la cuota anual del monotributo es ~$8-9M; en RI con margen del 30%, Ganancias podría ser ~$4-5M más IVA dependiendo de los créditos fiscales por compras. Cada caso requiere análisis específico con un contador; depende de los créditos fiscales (IVA compras), gastos deducibles para Ganancias, y la estructura de clientes (consumidores finales vs RI).