Monotributo: Régimen Simplificado ARCA (ex AFIP)
El monotributo es el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes establecido por la Ley 24.977 (1998), que unifica en una cuota mensual: impuesto integrado (sustituye IVA y Ganancias), aporte jubilatorio al SIPA y aporte a obra social.
Categorías: van de la A a la K para todas las actividades (locaciones y prestaciones de servicios y venta de cosas muebles). ARCA (ex AFIP) determina la categoría según los ingresos brutos de los últimos 12 meses y otros parámetros: superficie afectada a la actividad, energía eléctrica consumida y alquileres devengados; manda el parámetro que exija la categoría más alta. Con valores desde el 1/08/2026, el tope de ingresos brutos anuales va de $12.009.410 (A) a $126.610.839 (K). Los topes se actualizan dos veces por año, en febrero y agosto, por IPC.
Recategorización: dos veces por año, en febrero y agosto, evaluando los últimos 12 meses de actividad; el trámite vence el día 5 de febrero o de agosto. Si no hubo cambios no hace falta hacer nada. Si los ingresos superan el tope de la categoría K, corresponde la exclusión del monotributo y el pase al Régimen General (Responsable Inscripto); tras una exclusión no se puede volver al régimen hasta que pasen 3 años calendario.
Cuota mensual: tres componentes — impuesto integrado (sustituye IVA y Ganancias; distinto para servicios y para venta de cosas muebles, y crece con la categoría), aporte jubilatorio al SIPA y aporte a obra social (por titular; cada adherente paga el mismo importe). Ambos aportes también crecen con la categoría. Con valores desde el 1/08/2026, la cuota total va de $49.527,18 (A) a $1.614.446,04 (K, servicios) o $702.103,24 (K, venta de cosas muebles). Los valores se publican en arca.gob.ar/monotributo.
El monotributista factura sin discriminar IVA. No presenta declaración jurada anual de Ganancias por la actividad incluida en el régimen. El control de facturación se realiza vía Mis Comprobantes en el sitio de ARCA.

