Impuestos y Régimen

Monotributo

Definición

El monotributo es el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes establecido por la Ley 24.977 (1998), que unifica en una cuota mensual: impuesto integrado (sustituye IVA y Ganancias), aporte jubilatorio al SIPA y aporte a obra social.

Categorías: van de A a H para locaciones de servicios, y A a K para venta de cosas muebles. La AFIP determina la categoría según la facturación bruta anual de los últimos 12 meses, junto con otros parámetros: superficie afectada a la actividad, consumo de energía eléctrica anual, alquiler pagado. Los topes se actualizan periódicamente por IPC (típicamente 3 veces al año).

Recategorización: obligatoria cada 6 meses (enero y julio) con base en la facturación de los últimos 12 meses. Si la facturación supera el tope de la categoría máxima (H servicios o K muebles), el contribuyente debe excluirse del monotributo y pasar al Régimen General (Responsable Inscripto) dentro de los 20 días hábiles del mes siguiente al exceso.

Cuota mensual: tres componentes — impuesto integrado (sustituye IVA y Ganancias, aumenta progresivamente con la categoría), aporte jubilatorio al SIPA (aumenta moderadamente con la categoría), aporte a obra social (monto fijo, igual para todas las categorías de servicios). Los valores se publican y actualizan en afip.gob.ar/monotributo. La cuota total varía desde unos $30k mensuales en categorías bajas hasta varios cientos de miles en categorías H/K (FY 2026 indicativo).

📋 Información práctica

El monotributista factura sin discriminar IVA. No presenta declaración jurada anual de Ganancias por la actividad incluida en el régimen. El control de facturación se realiza vía Mis Comprobantes en afip.gob.ar.